La regularización extraordinaria no exige padrón: las entidades sociales denuncian trabas innecesarias
La Xarxa d’Entitats pel Padró alerta de que exigir el empadronamiento en trámites previos agrava la exclusión y dificulta el acceso a derechos
Las entidades sociales han advertido de las dificultades que siguen encontrando muchas personas extranjeras para acceder a procesos de regularización debido a obstáculos administrativos relacionados con el padrón. Aunque la normativa vigente no exige este requisito, en la práctica persisten barreras que agravan situaciones de vulnerabilidad.
En este contexto, la Xarxa d’Entitats pel Padró ha hecho público el siguiente comunicado:
Las entidades sociales han advertido de las dificultades que siguen encontrando muchas personas extranjeras para acceder a procesos de regularización debido a obstáculos administrativos relacionados con el padrón. Aunque la normativa vigente no exige este requisito, en la práctica persisten barreras que agravan situaciones de vulnerabilidad.
En este contexto, la Xarxa d’Entitats pel Padró ha hecho público el siguiente comunicado:
La regularización extraordinaria no exige el padrón: pedirlo implica poner trabas innecesarias al proceso
● La Xarxa d’Entitats pel Padró recuerda que si la regularización no requiere padrón, tampoco debe ser un requisito en los trámites previos
● Reconocer la residencia de las personas extranjeras debe servir también para que los ayuntamientos garanticen sus derechos
Barcelona, 29 de abril de 2026. – El proceso de regularización extraordinaria de personas extranjeras vuelve a poner en evidencia el impacto del incumplimiento de algunos ayuntamientos de empadronar a todas las personas que viven en su municipio. Aunque el padrón no es un requisito para acceder a la regularización, las denegaciones y dificultades para empadronarse agravan la situación de vulnerabilidad de muchas personas y añaden obstáculos innecesarios a la hora de acreditar su residencia y tramitar la regularización.
El Real Decreto 316/2026 que regula el proceso establece de forma clara que la residencia de cinco meses en el Estado español se puede acreditar “mediante cualquier prueba válida en derecho”, y que incluso no será necesario el padrón para la toma de huellas dactilares cuando se concedan las resoluciones. A pesar de ello, el hecho de que algunos ayuntamientos y entes locales restrinjan su atención a las personas empadronadas empeora la exclusión de vecinos y vecinas que, por su situación de vulnerabilidad residencial —entre otras—, se han visto privadas del acceso a los derechos que les garantizaría el registro padronal.
Desde la Xarxa d’Entitats pel Padró continuaremos velando por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades de los poderes públicos. El derecho a la buena administración y, sobre todo, la Ley de Servicios Sociales obligan a las administraciones públicas a atender a todas las personas que se encuentran en situación de necesidad personal básica, con independencia de que estén o no empadronadas en el municipio. Todas las personas deben ser atendidas sin ningún tipo de discriminación: los ayuntamientos y entes locales deben facilitar el empadronamiento en el municipio donde reside la persona, aceptando cualquier prueba que lo acredite, así como también el certificado de vulnerabilidad requerido en una de las modalidades de acceso al proceso de regularización.
La necesidad de recurrir a los servicios sociales para obtener este certificado responde a la situación de vulnerabilidad de las personas afectadas, y condicionar la regularización a la emisión de este informe implica trasladar a colectivos ya precarizados una carga administrativa injusta y desproporcionada.
La Xarxa d’Entitats pel Padró, formada por una quincena de organizaciones y plataformas* que sumamos alrededor de 500 entidades, reiteramos la necesidad de contar con registros padronales que reflejen la realidad en nuestros pueblos y ciudades. Solo así podremos dimensionar los recursos y equipamientos para dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía y garantizar el acceso de toda la población a derechos básicos como la salud, la educación y la protección social.
La regularización de personas extranjeras que viven en nuestras ciudades y pueblos es una oportunidad para garantizar sus derechos y reconocer su contribución a la sociedad plural y diversa que construimos entre todas. Las entidades sociales que trabajan por la cohesión social y para que todas las personas puedan desarrollarse plenamente colaboran también, con los recursos limitados de los que disponen, en el actual proceso de regularización. Su voluntad y vocación de servicio debe sumarse a la obligación y responsabilidad que tienen las administraciones públicas, en primera instancia, de atender a todas las personas que lo requieran.
La XARXA D’ENTITATS PEL PADRÓ está formada por:
● aFFaC – Associacions Federades de Famílies d’Alumnes de Catalunya
● Amnistia Internacional Catalunya
● Càritas Catalunya
● CNT Cornellà
● CONFAVC – Confederació d’Associacions Veïnals de Catalunya
● Coordinadora d’ONG Solidàries de les Comarques Gironines i de l’Alt Maresme
● Coordinadora Obrim Fronteres
● ECAS – Entitats Catalanes d’Acció Social
● Fedaia – Federació d’Infància i Adolescència
● FEPA – Xarxa d’Entitats per l’Emancipació Juvenil
● Fundació Ficat
● FòrumSD – Fòrum de Síndics, Síndiques, Defensors i Defensores Locals de Catalunya
● Lafede – Justícia Global
● Observatori DESCA
● Pasucat – Plataforma per una atenció sanitària universal a Catalunya
Las entidades reclaman que las administraciones públicas garanticen el acceso universal a derechos básicos y eliminen barreras administrativas que dificultan la inclusión social.





